DERECHOS HUMANOS

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articulo 15.

  1. toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

  2. a nadie se privara arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar denacionalidad.

articulo 16.

  1. los hombres y las mujeres, a partil de la edad nubil, tienen derecho sin restriccion alguna por motivos de raza, nacionalidad o religion, a casarse y fundar una familia; y disfrutaran de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolucion del matrimonio.

  2. solo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos pobra contraerse el matrimonio.

  3. la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la proteccion de la sociedad y del estado.

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